🕐 Actualizado: 23 de enero de 2019

ARTÍCULO NOVENTA Y SEIS. - OTRAS DISPOSICIONES PARTICULARES SOBRE EL CONJUNTO Y SUS UNIDADES PRIVADAS. REQUERIMIENTOS LEED NUEVA CONSTRUCCIÓN, V3.0, 2009 PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LOS PROPIETARIOS / ADMINISTRACIÓN.

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En todos los aspectos del diseño y construcción de las mejoras de los apartamentos y zonas comunes, los copropietarios y la administración se comprometen a cumplir con los requerimientos LEED Nueva Construcción. Los propietarios de los apartamentos y la administración reconocen que la búsqueda de la Certificación LEED por el FIDEICOMITENTE DESARROLLADOR Y CONSTRUCTOR RESPONSABLE DEL PROYECTO es un componente crítico en el diseño y construcción de las mejoras de los espacios privados y que el propietario de estos espacios podrá incurrir en costos adicionales asociados con el diseño y construcción de los mismos. Los copropietarios conocen los beneficios tales como reducción de costos operativos relacionados con la obtención de la certificación LEED. Los copropietarios procurarán que el arquitecto designado para elaborar las adecuaciones de su espacio, trabaje en estrecha colaboración con la coordinación LEED del FIDEICOMITENTE DESARROLLADOR Y CONSTRUCTOR RESPONSABLE en el diseño y aplicación de las mejoras de los espacios.

Los copropietarios y la administración del Conjunto se obligan a seguir los requerimientos aplicables de los capítulos de la certificación LEED:

A. Sitios Sostenibles:

Para cumplir con la certificación LEED NC, no se podrán modificar las especificaciones de los diseños construidos. Específicamente para este capítulo se debe mantener como mínimo el número de bicicleteros, las áreas verdes y sus especificaciones, los acabados de las zonas duras y los sistemas de tratamiento de aguas grises y lluvias.

B. Eficiencia en Uso del Agua:

Para cumplir con la certificación LEED NC, es obligación implementar medidas que aseguren una reducción del 20% del consumo de agua en la adecuación de los espacios privados y públicos. En consecuencia, todos los aparatos y accesorios sanitarios instalados en el CONJUNTO RESIDENCIAL AVATAR – PROPIEDAD HORIZONTAL exceden los estándares establecidos por el EPA act de 1992, garantizando el ahorro en el consumo del agua.

Los copropietarios que decidan realizar cambios a los aparatos y accesorios instalados en las unidades privadas, deberán instalar aparatos y accesorios sanitarios con un consumo de agua igual o menor a aquellos instalados por el FIDEICOMITENTE DESARROLLADOR Y CONSTRUCTOR RESPONSABLE DEL PROYECTO.

Tabla de Consumo de agua de aparatos y accesorios sanitarios requeridos:

Aparatos Sanitarios de alta EficienciaConsumo de AguaAparatos y accesorios sanitarios recomendados
Sanitarios4.8 lts ó 1.28 GPFSanitarios de alta eficiencia sin importar la marca
Orinales0.5 lts ó 0.125 GPFOrinales de Alta Eficiencia sin importar marca
Llaves de lavamanos1.9 lpm ó 0.5 GPMGrifos de alta eficiencia sin importar marca
Duchas de Bajo consumo1.8 GPMCualquier Marca
Cocinas1.6 GPMVálvulas spray pre-rinse

Está prohibido modificar el diseño de irrigación de las zonas verdes que usan agua tratada, este diseño y su funcionamiento es esencial para garantizar el cumplimiento de los requisitos que aseguran mantener la certificación LEED.

C. Energía y Atmósfera LEED NC V3.0, 2009

• Commissioning, EA Prerrequisito:

La administración debe llevar un registro del mantenimiento de todos los equipos mecano eléctricos del Conjunto para poder hacer un seguimiento futuro en la simulación de eficiencia energética del Conjunto. En dado caso que se requiera un cambio de especificación de equipos se debe consultar con el EL FIDEICOMITENTE DESARROLLADOR Y CONSTRUCTOR RESPONSABLE para coordinarlo con la coordinación LEED (SES) y el diseñador que aplique.

• Eficiencia Mínima Energética, EA Prerrequisito 2, y Optimización del Desempeño Energético, EA CR1:

Los copropietarios del Conjunto se obligan a no exceder las densidades de potencia de iluminación máxima instalada, según el estándar IESNA / ASHRAE 90.1-2007. Adicionalmente se requiere que cada copropietario, en caso de considerar necesaria la instalación de sistemas de aire acondicionado seleccione sistemas con eficiencias que como mínimo cumplan los requisitos planteados para éstos equipos en el estándar IESNA / ASHRAE 90.1-2007.

• Manejo Fundamental de Refrigerantes, EA Prerrequisito 3, LEED NC, V3.0, 2009:

Los copropietarios tienen la obligación de NO utilizar equipos de Sistema de Aire Acondicionado, ventilación, calefacción y sistemas de extinción de fuego que contengan Refrigerantes a base de CFC (clorofluorocarbonos) para la adecuación de las zonas públicas o privadas.

D. Materiales y Recursos:

Para cumplir con la certificación LEED NC, es importante no modificar las especificaciones de los diseños construidos. Específicamente para este capítulo las áreas de manejo y clasificación de materiales reciclables que se encuentran ubicadas en cada piso y en los sótanos, incluyendo la señalización de cada zona.

También se deben mantener las especificaciones de los materiales que se usaron en la obra y que cumplen con los criterios de sostenibilidad de la certificación. En dado caso que se requiera un cambio de especificificación de los materiales o acabados se debe consultar con EL FIDEICOMITENTE DESARROLLADOR Y CONSTRUCTOR RESPONSABLE para coordinarlo con la coordinación LEED (SES) y el diseñador que aplique.

E. Calidad ambiental:

Para cumplir con la certificación LEED NC, es importante no modificar las especificaciones de los diseños construidos. Específicamente para este capítulo se deben usar materiales (pegantes, adhesivos, pinturas, lacas, maderas, aglomerados, etc) de baja emisión como los aprobados en la construcción.

También el control de la iluminación de las zonas comunes debe permanecer de la forma como se coordinó en la etapa de construcción y que fue verificado por el agente commissioning. En cuanto a la ventanería se deben mantener las especificaciones y propiedades de los vidrios que se usaron en la etapa de construcción.

• Calidad Mínima del Aire Interior, IEQ Prerrequisito 1, LEED NC, V3.0, 2009:

Para cumplir con la certificación LEED del Conjunto, los propietarios deberán cumplir con los requisitos mínimos del estándar ASHRAE 62.1 – 2007 en sus secciones 4 al 7 para ventilación para una aceptable calidad del Aire Interior. Los sistemas de ventilación mecánica deberán ser diseñados utilizando el procedimiento de rata de ventilación o código local aplicable, el que sea más exigente. El estándar ASHRAE 62.1 – 2007 especifica ratas de ventilación y niveles de calidad del aire interior mínima para reducir el potencial de efectos adversos a la salud de los ocupantes de los espacios.

• Control Ambiental del Cigarrillo, IEQ Prerrequisito 2, LEED NC, V3.0, 2009:

Fumar se encuentra prohibido dentro de los espacios comunes del Conjunto Residencial. También se incluyen aquí las cubiertas, terrazas, zonas verdes, circulaciones, entre otros, del Conjunto.

Dado el caso que el fumador estuviese fuera de los límites de la propiedad, la certificación LEED exige que sea a una distancia mayor a 8 metros de cualquier apertura del Conjunto (puertas, ventanas, rejilla de ventilación, ingreso, etc).