🕐 Actualizado: 20 de abril de 2026

ARTÍCULO 41. REGLAS PARA EL USO DEL SALÓN SOCIAL

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  1. El salón es un área confortable y acogedora, concentra la actividad familiar al tratarse de un espacio amplio, el cual deberá ser reservado con anterioridad a la Administración y estará sujeto a la disponibilidad, cualquier tipo de daño que se presente deberá ser asumido por el propietario o residente.
  2. El horario de uso es de lunes a jueves de 09:00 a.m. a 8:00 p.m. Viernes, sábado y domingo cuando el lunes siguiente sea festivo, será de 09:00 a.m. a 12:00 a.m.. Estas áreas se habilitarán previa solicitud del usuario interesado. Los horarios podrán ser modificados por la Administración, según el evento para el que se autorice su uso.
  3. Para el alquiler el propietario o residente deberá dejar un depósito, por un valor correspondiente al doble de la reserva (8 SMLDV), el cual luego de hacer la entrega al personal de vigilancia del espacio a satisfacción, será devuelto al residente en los horarios de administración. En caso de daños por mal uso que se pudiesen ocasionar durante su reserva, deberán ser cancelados en su totalidad.
  4. Solo se hará una reserva diaria, el usuario deberá cancelar el valor correspondiente a la reserva que incluye el aseo del espacio por un valor de 4 SMLDV.
  5. La música no debe perturbar a los demás. El volumen deberá ser regulado por la Administración de modo que no genere molestias y cumpla con las normas de sonoridad establecidas en el presente documento.
  6. El salón social está diseñado para el uso de máximo cuarenta (40) personas.