🕐 Actualizado: 20 de abril de 2026

ARTÍCULO 23. REALIZACIÓN DE OBRAS AL INTERIOR DE LAS UNIDADES PRIVADAS Y EN LAS ZONAS COMUNES

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Cuando se vayan a realizar obras, además de lo contemplado en el reglamento de Propiedad horizontal del Conjunto Residencial Avatar P.H., se deberán tener en cuenta las siguientes recomendaciones:

  1. Informar al Administrador detalladamente y por escrito, en caso de efectuar obras de remodelación en su área privada, incluyendo la descripción del proyecto de remodelación. Permitir al Administrador el ingreso a su apartamento o unidad habitacional cuando sea necesario para trabajos de bienestar común, o para corregir perjuicios que se estén causando a un vecino. No está permitido modificar la estructura, la fachada o las áreas comunes. No está permitido comprometer la solidez, la seguridad, la estética o bienestar del CONJUNTO RESIDENCIAL AVATAR P.H.
  2. No está permitido depositar basura ni escombros de obra en las áreas comunes; ni tampoco en las privadas como estacionamientos o terrazas; ni sobre áreas verdes que rodean el inmueble.
  3. La administración exigirá carné o identificación del personal, de acuerdo con las reglas que determine.
  4. De acuerdo con lo estipulado en el artículo 42 numeral 3) sección de REPARACIONES, FORMA Y HORARIOS, del Reglamento de Propiedad Horizontal del Conjunto Residencial Avatar P.H., se establece que los trabajos de mejoras o mantenimientos locativos en las unidades privadas solamente podrán efectuarse en días hábiles en el horario de las 8:00 a.m. a las 5:00 p.m. de lunes a viernes y sábados de 9:00 am a 12:00 pm.
  5. El residente es responsable de utilizar la debida protección para evitar el daño del ascensor de servicio y zonas comunes, al igual que su limpieza, según lo indique la Administración de la Copropiedad.
  6. Si la remodelación contempla la instalación de pisos duros, incluyendo la madera, deberá hacerse sobre material aislante acústico certificado que garantice el aislamiento hacia los pisos inferiores. Esta misma exigencia se aplica a la instalación de aparatos generadores de ruido (como caminadores mecánicos, jacuzzis y otros similares). 
  7. Se prohíbe el depósito de residuos sólidos, tierra, materiales de obra o escombros de construcción en las zonas comunes, estacionamientos y depósitos. Tales residuos y materiales deberán ser retirados del CONJUNTO RESIDENCIAL AVATAR P.H. por cuenta del responsable de la obra en empaques que impidan el paso de polvo y suciedades. Durante la ejecución de la obra, será responsabilidad del residente del apartamento en que se está efectuando la misma, mantener las áreas comunes que utilice, limpias y sin deterioros.
  8. Todo Copropietario se obliga a corregir de inmediato los daños o averías en su unidad privada, cuando la falta de su reparación pueda ocasionar perjuicios a las áreas comunes o a las demás unidades privadas. De no hacerlo, la corrección de los daños que llegare a ocasionar será de su cuenta.
  9. Los daños causados a las áreas comunes, a otros apartamentos o unidades habitacionales, como consecuencia de la ejecución de una obra, deberán ser reparados inmediatamente por cuenta del propietario de la obra. En el evento de no ser resarcidos los daños por parte del propietario, dicha obra será ejecutada por personal que designe la Administración y serán valorados y facturados por la Administración al residente en el mes siguiente, previa notificación por escrito y siguiendo el trámite para imposición de sanciones, garantizando el debido proceso.
  10. Para obras, reparaciones o servicios fuera de las áreas privadas (caja de conexiones telefónicas, antenas de TV o Internet, o similares, conexiones de electricidad, agua o gas) se requiere de autorización previa por escrito de la Administración y el cumplimiento de las normas técnicas requeridas en cada caso. 
  11. Solamente podrán trabajar los técnicos de las empresas de servicio y/o el técnico autorizado por la Administración.
  12. Cualquier daño producido en contravención a lo dispuesto en este artículo será responsabilidad del residente que lo hubiese ordenado.
  13. Cuando se necesite adelantar obras en las zonas comunes, los residentes, propietarios y visitantes deben respetar a cada uno de los contratistas que trabajan para el Conjunto Residencial Avatar P.H. Si se evidencia alguna anomalía relacionada con la labor asignada, se informará a la Administración. Igualmente, en caso de contravenciones a este reglamento se informará con el fin de hacer cumplir las normas de comportamiento establecidas para los porteros o conserjes, y para el personal de mantenimiento.
  14. Sobre las obras, se aplicará en su integridad lo dispuesto en el artículo 14 del Reglamento de Propiedad Horizontal del Conjunto Residencial Avatar P.H., con el fin de garantizar la seguridad, la integridad y la solidez de la estructura, muros de fachada, cubiertas y zonas de uso restringido. En igual sentido, se aplicará en su integridad lo estipulado en los artículos 34, 36 37 y 38 del mismo Reglamento de Propiedad Horizontal.