ARTÍCULO 32. ZONAS SOCIALES
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Las siguientes reglas aplican para todas y cada una de las instalaciones que hacen parte de las zonas comunes, en particular las siguientes:
- Gimnasio
- Piscina
- Sauna y turco
- Cinema
- Enfermería
- Sala de entretenimiento
- Gimnasio infantil
- Salón Social
- Parque Infantil
- Cancha futbol cinco
- Sala de juntas y coworking
- Terrazas