🕐 Actualizado: 20 de abril de 2026

ARTÍCULO 25. DERECHOS DE LOS DESTINATARIOS DEL REGLAMENTO DE USO DE ZONAS COMUNES

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Los destinatarios del presente Reglamento de Uso de Zonas Comunes tienen los siguientes derechos reconocidos por las leyes colombianas, así como el reglamento interno del Conjunto Residencial Avatar P.H.:

  1. De dominio en comunidad ejercido por todos los copropietarios sobre los bienes comunes determinados en el Reglamento de PH, en el Manual de Convivencia y en el presente Reglamento de Uso de Zonas Comunes.
  2. Para efectos del presente reglamento, constituyen bienes esenciales del Conjunto Residencial Avatar P.H. los enlistado en los numerales 1 a 16 del artículo 11 del Reglamento Interno de la Copropiedad.
  3. Son bienes comunes no esenciales o generales los siguientes:
  1. Tanque de agua y cuarto de bombas de incendios.
  2. Dos cuartos de acelerógrafo.
  3. Cuarto técnico de piscinas.
  4. Dos cuartos técnicos de subestación.
  5. Cuarto de seguridad central.
  6. Lobby.
  7. Enfermería.
  8. Baños para hombres, mujeres y personas en situación de discapacidad de uso mixto.
  9. Zona de servicio de empleados, con cocineta.
  10. Sala de cinema con cuarto técnico y cocineta pop Corn.
  11. Sala de entretenimiento.
  12. Gimnasio infantil con baño.
  13. Salón social con depósito, cocina y baños.
  14. Dos salas de espera.
  15. Zonas húmedas: sauna para hombres y mujeres, turco para hombres y mujeres, con baños.
  16. Gimnasio para adultos.
  17. Zona de piscinas con dos Jacuzzis.
  18. Oficina de administración.
  19. Sala de estudio con depósito.
  20. Cuarto de mantenimiento de administración.
  21. Zona de servicio Staff y Lobby.
  22. Cuarto de control monitoreo.
  23. Zona libre primer piso: Antejardín, parques, plazoletas, parque infantil, cancha de futbol 5.
  24. Zona libre segundo piso: Plazoleta libre común.
  25. Zonas libres en cubiertas de las torres 1 y 2: Circulaciones, zona de ejercicios, parque infantil, jardineras, zona de estar, zona de lectura, centro de fuego.
  1. Por lo anterior, los Copropietarios tienen derecho a servirse de los bienes comunes, siempre que se destinen para su naturaleza y destino ordinario de los mismos, sin perjuicio del uso legítimo de los demás propietarios, tenedores, residentes y visitantes, en los horarios establecidos en el presente reglamento.
  2. Además, los Copropietarios pueden disfrutar los servicios comunales aprobados por la Asamblea General, con el cumplimiento de lo establecido en el presente reglamento.
  3. Los residentes tienen derecho a que se respete su integridad física, psíquica, intelectual y moral, al interior de los apartamentos y las unidades habitacionales, o en las áreas comunes. Sin distinción de su etnia, edad, preferencia sexual, culto, orientación política etc.
  4. Los copropietarios, tenedores, residentes, invitados, colaboradores, visitantes y los organismos de dirección del Conjunto Residencial Avatar P.H. tienen derecho al respeto de sus de opiniones y conceptos.
  5. Los copropietarios, tenedores, residentes, invitados, colaboradores, visitantes y los organismos de dirección del Conjunto Residencial Avatar P.H. tienen derecho a gozar de un ambiente sano en las zonas privadas y comunes.
  6. Los copropietarios, tenedores, residentes, invitados, colaboradores, visitantes y los organismos de dirección del Conjunto Residencial Avatar P.H. tienen derecho al reconocimiento y aplicación de los principios establecidos en el presente Reglamento de Uso de Zonas Comunes, así como el reconocimiento de los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución Política de Colombia y normas concordantes.
  7. Los copropietarios tienen derecho a solicitar a los órganos de administración la evaluación y acciones pertinentes frente a los comportamientos de las personas que contravengan las disposiciones establecidas en la ley, reglamento de propiedad horizontal, manual de convivencia, o reglamento de uso de zonas comunes. Dicha solicitud deberá realizarse siguiendo los procedimientos señalados en este Manual De Convivencia y en el reglamento de copropiedad horizontal del Conjunto Residencial Avatar P.H.