ARTÍCULO 15. MUDANZAS
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Todo propietario o inquilino que vaya a ingresar o a retirar en forma definitiva sus bienes muebles de Conjunto Residencial Avatar P.H., deberá tener en cuenta y aceptar la siguiente reglamentación:
- Los nuevos propietarios o residentes de unidades privadas en CONJUNTO RESIDENCIAL AVATARP.H., deben tener en cuenta el siguiente instructivo:
- Dirigirse a la Administración del CONJUNTO RESIDENCIAL AVATAR, Propiedad Horizontal para identificarse como nuevo propietario de unidad privada, señalando la escritura notarial registrada que lo acredite como dueño del apartamento o unidad habitacional y anexando el certificado de libertad y tradición con fecha reciente.
- En el caso de que dicha escritura no estuviere debidamente protocolizada, presentará una carta del anterior propietario en la cual se indique el cambio de la propiedad.
- Solicitar a la Administración de Conjunto Residencial Avatar P.H., el documento paz y salvo, o elestado de cuentas de dicha unidad privada con la Copropiedad, a la fecha de su compra o toma en arrendamiento. En el evento de que el anterior propietario o residente no se encontrase a paz y salvo con la Administración y ya hubiese recibido el inmueble, existe solidaridad en pago de la deuda entre el propietario o residente anterior y el nuevo propietarioo residente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 675 de 2001.
- Diligenciar el formato de Registro Propietario, comunicando a la Administración de CONJUNTO RESIDENCIAL AVATAR P.H., el nombre de cada una de las personas que habitarán en el apartamento o unidad habitacional. Indicar las placas del automóvil o automóviles que van aocupar los estacionamientos de la propiedad.
- Si el nuevo propietario no va a ocupar el inmueble y lo va a arrendar, informar si las gestionespara alquilarlo serán hechas directamente por él o si va a ser consignado para que lo administre una inmobiliaria, caso en el cual dará su nombre, dirección e instrucciones sobre acceso.
- El propietario o la inmobiliaria deberá presentar por escrito a los inquilinos. En la informacióndeberán incluir la identificación completa del propietario, arrendatario o tenedor que vaya a habitar la unidad privada, indicando el nombre completo, documento de identificación, teléfono.
- No está permitido el arrendamiento de las unidades privadas, para vivienda turística, la administración queda facultada para comunicar al personal de seguridad la negación deingresos en caso de que se detecte esta modalidad y deberá notificarle al propietario.
- Solicitar en la Administración de CONJUNTO RESIDENCIAL AVATAR P.H., por lo menos con tres (3) días de anticipación, el permiso para el ingreso de los muebles y enseres, dejando un depósito ½ SMMLV indicando fecha y personas responsables de la operación de mudanza. Solicitar también copia del Reglamento de Propiedad Horizontal, si no está protocolizado en su escritura, y copia del Manual de Convivencia (si ya no lo hubiese recibido), de los cuales acusará recibo a la Administración, mediante firma en la copia de la nota remisoria de los mismos.
- Cumplido lo anterior, la Administración dará la orden respectiva a la portería para que se realice la mudanza.
- Quien realiza la mudanza, tanto de entrada como de salida, deberá informar por escrito a la Administración el personal y contratistas autorizados para tal fin. Todo retiro parcial debe serautorizado por el propietario o inquilino y comunicado por escrito a la portería.
- El personal de vigilancia para permitir el ingreso o salida de mudanzas, debe verificar que cuentecon el respectivo paz y salvo emitido por la Administración de la copropiedad y no permitirá su salidasi no se presenta. A su vez, no permitirá que se realice fuera del horario establecido. En caso de queen la mudanza se incluyan bicicletas u otros elementos de los que se lleve registro, la vigilancia verificará que se trate de los mismos registrados en las planillas de controles respectivos.
- Quien realiza el traslado o mudanza, no podrá ocasionar daños en pisos, paredes, ni en el ascensor, escaleras u otras áreas de la Copropiedad; si ocurrieren daños, estos serán debidamente descontados del depósito. En todo caso, la responsabilidad por la reparación de los daños que se llegaren a causar durante la mudanza es del propietario del apartamento o unidad habitacional.
- Como prenda de garantía ante la Copropiedad, el propietario o arrendatario del apartamento o unidad habitacional a quien pertenece la mudanza deberá entregar a la Administración, en calidad de depósito, el equivalente de un 1/2salario mínimo mensual legal vigente, el cual, en el evento de no ocurrir daño alguno le será devuelto al finalizar el trasteo, si ocurre un daño no se devolverá y serealizará el cobro del excedente en caso que sea un mayor valor, la reparación estará a cargo de la administración quien cobrará el daño al propietario de la unidad residencial.
- El propietario o arrendador están obligados a entregarle al arrendatario copia del Reglamento de Propiedad Horizontal y del Manual de Convivencia de Conjunto Residencial Avatar P.H. En caso de no tenerlo, deberá solicitar dichas copias a la Administración, evento en el cual, el valor de las mismas estará a cargo del solicitante. En todo caso, todos los arrendatarios deberán suscribir ante laAdministración, una constancia de recibo de estos documentos y se obligan a acatar las disposicionesallí contenidas.
- Las mudanzas o trasteos sólo podrán realizarse de lunes a viernes en el horario de las 9:00 a.m. a5:00 p.m. y los sábados desde las 9:00 a.m. hasta la 12 m., o en el establecido por el Acuerdo 076 de 2.003 del Código de Policía de la ciudad de Bogotá. El ingreso y salida de mudanzas debe hacerse por el portón del garaje y utilizando el ascensor de servicio debidamente protegido tanto en las paredes como en el piso. Deberá tenerse especial cuidado si se necesitara subir por las escaleras ya que no está permitida su utilización para estos fines.
- El(la) Administrador(a) supervisará la ejecución y entrega a satisfacción de la copropiedad de loscontratos y/o reparaciones que deban ser realizados y hayan sido aprobados por el Consejo de Administración. Coordinará el cumplimiento de los procedimientos para los nuevos inquilinos y/o propietarios.